martes, 10 de junio de 2008

constitucion española de 1837

A la vista de los enfrentamientos que surgieron entre moderados y progresistas, se originó una crisis del Estatuto Real, lo cual provocó que la Reina Regente, María Cristina de Borbón, tuviese que verse forzada a restaurar la Constitución de 1812. Con esta medida se dio paso a la formación de un Gobierno de corte progresista y a la consiguiente elección de unas Cortes Constituyentes encargadas de llevar a cabo la correspondiente reforma constitucional.
Es por ello que la Constitución de 1837 fuese obra, en su inmensa mayoría, de los progresistas, pero siempre buscando alcanzar un carácter conciliador. Los principios inspiradores en los que se basó fueron esencialmente los conculcados por la Constitución de 1812 y como principio inspirador el de la soberanía nacional.
Esta reforma constitucional introdujo en España la monarquía constitucional, e instauró unas Cortes bicamerales, además de llevar a cabo, por primera vez en el país, la incorporación de una declaración sistemática y homogénea de derechos; lo que supuso un reconocimiento ordenado de derechos individuales, más bien garantías, muy ligadas a la seguridad y propiedad, que el Título Primero recoge bajo el epígrafe "De los españoles".
Dicha constitución tuvo una vigencia de 8 años, hasta que en 1845 fue derogada y sustituida por la Constitución de 1845 de corte moderada y conservadora bajo la presidencia del general Narváez.
Diferencias entre las constituciones de 1812 y 1837: LA del 37 es bicameral mientras que la del 12 era unicameral La figura del rey es más fuerte en la del 37. Los derechos no se hallan tan dispersos en la constitución del 37 a diferencia de la del 12. En la del 37 se pasa a sufragio censitario directo y se abandona el indirecto de cuarto grado. Votaban aproximadamente 1 de cada 58 habitantes.

Jose Sebastián Egea Sáez

costitucion de la Monarquia española de 1845

Tras la renuncia de la Reina Regente en favor de Espartero, se disuelve el Senado, se proclama la mayoría de edad de la Reina Isabel II, y se convocan nuevas Cortes para reformar la Constitución.
El texto resultante no es una simple reforma del anterior, sino que se remite la regulación de los derechos proclamados a leyes posteriores que resultaron fuertemente restrictivas. Destaca en la parte orgánica un aumento de poderes del Rey. Continuó la religión católica como religión oficial del Estado.

informacion buscada por TEMO en wikipedia

lunes, 9 de junio de 2008

constitucion no promulgada de 1856. contexto historico

Se trató de un proyecto constitucional que nunca llegó a ser promulgado no llegó a entrar en vigor y que llegó a recoger los planteamientos más avanzados del ideario liberal progresista y que anticipa algunas de las ideas desarrolladas con posterioridad por la Constitución de 1869; reconocía ampliamente los derechos políticos e instalaba, por primera vez en España, un régimen de tolerancia religiosa. Se continuó manteniendo el sufragio directo censatario, extendiéndose también al Senado, restringiendo aún más el cuerpo electoral Su articulado es más amplio y completo que el contenido en la Constitución de 1837 y en la Constitución de 1845.
Se trata de una constitución un tanto rígida; ya que establece un procedimiento bastante engorroso de reforma; procedimiento que en parte fue seguido por el resto de constituciones que se promulgaron con posterioridad.

informacion buscada por: Daniel Madrid Caparros

Caractristicas de la constitucion de 1931

IDEOLOGIA: España es definida como "una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia".

PARLAMENTO: El poder legislativo reside en las Cortes, constituidas por una asamblea unicameral llamada Congreso de los Diputados elegida directamente.

CONFESIONALIDAD: se establece un estado laico(separación de la Iglesia y el Estado, desapareció el presupuesto de culto y clero, prohibición de ejercer la educación y libertad de conciencia y cultos)

SOBERANIA: Soberanía popular. Se declaraba al nuevo estado español como una "República democrática de trabajadores de todas clases".

SUFRAGIO: Sufragio universal masculino y femenino. Tras un largo y complejo debate en las Cortes, las mujeres españolas obtuvieron el derecho de voto.

DERECHOS Y LIBERTADES: El título III Derechos y deberes de los españoles, subdividido en libertades y derechos individuales (Capítulo I: Garantías individuales y políticas) y sociales (Capítulo II: Familia, economía y cultura), reconocía la libertad religiosa, de expresión, reunión, asociación y petición (derecho de toda persona a dirigir una petición al gobierno), el derecho de libre residencia y de circulación y de elección de profesión, inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, igualdad ante la justicia, protección a la familia, derecho al divorcio, derecho al trabajo, derechos a la cultura y la enseñanza, articulos sobre la relación entre Iglesia Católica y Estado. Por otro lado, se suprimía todo privilegio de clase social y de riqueza, lo que equivalía a anular la nobleza como entidad jurídica. Se apuntaba también la posibilidad de socialización de la propiedad y de los principales servicios públicos, aunque en definitiva los proyectos de nacionalización de la tierra, las minas, los bancos y los ferrocarriles nunca se llevaron a cabo.


Informacion buscada por: ERIK TORRES

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CONSTITUCION DE 1852

Tras la renuncia de la Reina Regente en favor de Espartero, se disuelve el Senado, se proclama la mayoría de edad de la Reina Isabel II, y se convocan nuevas Cortes para reformar la Constitución.
El texto resultante no es una simple reforma del anterior, sino que se remite la regulación de los derechos proclamados a leyes posteriores que resultaron fuertemente restrictivas. Destaca en la parte orgánica un aumento de poderes del Rey. Continuó la religión católica como religión oficial del Estado.

Esta tercera constitución concedía máximos poderes a la reina frente al parlamento bicameral .
Reducía al mínimo los derechos y libertades publicas, e implantaba un sufragio censitario muy restringido en el que el derecho al voto se limitaba aun mas que en la anterior constitución

Tras la Revolución de 1842 el conservador Bravo Murillo, a la sazón Presidente del Consejo de Ministros durante la Década Moderada elaboró un proyecto constitucional en 1852 cuyo objetivo era volver a una normativa absolutista más propia del Antiguo Régimen o del Estatuto Real de 1834. La oposición al texto constitucional fue de tal naturaleza que no prosperó.

Jefferson jaramillo 4ºdiver
buscado en wikipedia y libro de texto


martes, 3 de junio de 2008

constitucion de 1931

En abril de 1931, después de 8 años, se llevaron a cabo elecciones y se situó a los republicanos de izquierda en el poder, dando inicio así a la II República. Este nuevo régimen colocó a Manuel Azaña como presidente y se promulgó en oposición a las armas y al fascismo, estableciendo una "República democrática de trabajadores de toda clase, que se organizan en régimen de Libertad y de Justicia" (Artículo 1° de la Constitución Republicana, aprobada en diciembre de 1931 y mediante la cual se desmontaba la estructura monárquica y se ponía fina a la España católica), buscando reformas agrarias, modernización del ejército, igualdad legal de sexos y, entre los puntos más discutidos por los partidos de derecha, admitiendo la autonomía regional.

PUBLICADO POR: ERIK TORRES

BUSCADA EN: http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar/memorias/entrapidopaz/pidola02a.htm

constitucion española de 1876

La Constitución española de 1876 fue promulgada en junio de 1876 por Esta constitución partió de un borrador constitucional desarrollado por un grupo de 600 notables, antiguos senadores y diputados de anteriores legislaturas, designados por Cánovas. De ellos resultó una comisión de 39 de ellos, presidida por Manuel Alonso Martínez, que sería la encargada de la definitiva redacción del texto. El texto final fue aprobado sin grandes cambios por unas Cortes Constituyentes elegidas por sufragio universal de acuerdo a lo previsto en la anterior Constitución, la de 1869

Información buscada por Isabel en wikipedia